Requisitos de entrada en España

Los nacionales dominicanos (no residentes en España), cada vez que entren en territorio español para una estancia no superior a 90 días por semestre, deberán tener la siguiente documentación que se la podrán exigir en el momento de hacer su entrada:
1. Pasaporte válido y en vigor
 
2. Visado válido y en vigor
 
3. Seguro Schengen vigente para el período que va a estar en territorio Schengen.
 
4. Documentos que justifiquen el objeto y condiciones de la estancia y disponer de medios económicos suficientes para su sostenimiento durante el periodo de permanencia en España.
 
 
 
–  Viajes de carácter turístico o privado.
 
En estos casos se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
1.  Documento justificativo del establecimiento de hospedaje o carta de invitación de un particular, si se hospeda en su domicilio, expedida por la Comisaría de Policía correspondiente a su lugar de residencia.
IMPORTANTE: En ningún caso, la carta de invitación suplirá la acreditación por el extranjero de los demás requisitos exigidos para la entrada.
 
2.   Confirmación de la reserva de un viaje organizado, con el itinerario.
3.   Billete de vuelta o circuito turístico
Para la acreditación de los medios económicos, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1282/2007, de 10 de mayo, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España. La cantidad mínima a acreditar es de 64,53 euros por persona y día, con un mínimo de 580,77 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.
La disponibilidad por los extranjeros de los medios económicos señalados se acreditará mediante exhibición de los mismos, en el caso de que los posean en efectivo, o mediante la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día ( no se admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet) o cualquier otro medio con el que se acredite fehacientemente la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o cuenta bancaria.
Viajes de carácter profesional, político, científico, deportivo o religioso o por otros motivos.
 
Se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
1.  La invitación de una empresa o de una autoridad para participar en reuniones, convenciones, etc., de carácter comercial, industrial, etc.
2. Documento que acredite la existencia de relaciones comerciales, industriales, etc.
3. Tarjetas de acceso a ferias, congresos, convenciones, etc.
4. Invitaciones, tarjetas de entrada, reservas o programas con indicación, en la medida de lo posible, del nombre del organismo que invita y la duración de la estancia o cualquier otro documento que indique el propósito de la visita.
Viajes de estudios u otro tipo de formación.
Se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
1. Documento de matrícula de un centro de enseñanza para participar en cursos teóricos y prácticos de formación.
2. Certificados relativos a los cursos seguidos.

 

Última revisión de esta información: 26/08/2013
Fuente: Consulado de España en Santo Domingo
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