Visa de Dependencia

Visa de Dependencia

 

DESCRIPCIÓN

La República Dominicana es un país abierto al mundo. Todas nuestras bellezas naturales, nuestra historia, las opciones de inversión y negocios, así como la calidez de nuestros ciudadanos, invitan a las personas de todos los países a visitarnos y disfrutar de una isla encantadora y llena de oportunidades.

Las visas por dependencia son expedidas en razón de dependencia familiar de los usuarios, de los beneficiarios de visas diplomáticas, oficiales, cortesías, negocios y de estudiante, sujeto al tipo de visa otorgada al familiar principal o al patrono de quien dependan.

Todos los ciudadanos extranjero que residan legalmente en la República Dominicana tienen derecho a solicitar visas por dependencia en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS

Presentarse en la sede de la oficina consula de la República Dominicana con la siguiente documentación y requisitos:

  1. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios consulares www.consuladord.com para ser llenado en online.
  2. Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco.
  3. Pasaporte original con una vigencia mínima igual o mayor al tiempo de duración de la visa solicitada.
  4. Acta de matrimonio o acta de nacimiento de los hijos , según la calidad de la persona que solicita la visa de dependencia.
  5. Copia de la Visa o Tarjeta de Residencia dominicana y copia del pasaporte de la persona de la cual dependa el interesado.
  6. Certificado Médico presentando un diagnóstico del estado general de salud del solicitante e indicando si el mismo padece de algún tipo de enfermedad infectocontagiosa. Deberá ser expedido por las autoridades de salud correspondientes del último país en el que estuvo domiciliado el interesado. En el caso de que el interesado resida en la República Dominicana, dicho documento deberá ser expedido por laboratorio médico, clínica u hospital registrado por el Ministerio de Salud Pública.
  7. Certificado de No Antecedentes Penales expedido por las autoridades correspondientes del último país en el que estuvo domiciliado el interesado. Si el interesado ha residido en la República Dominicana deberá hacerse expedir dicho documento por la Procuraduría General de la República. No requerido para menores de edad.
  8. Autorización de los padres o tutor, cuando se trata de un menor de edad y quien solicita no es el padre o la madre. En este caso, se requiere que el padre o la madre que no está en la República Dominicana manifieste conformidad con que el otro padre lleve a vivir a la República Dominicana al menor.
  9. Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad del país de nacionalidad y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia, si reside en un segundo país.
  10. Documentos que acrediten solvencia económica (carta bancaria, carta de trabajo, títulos de propiedad, etc.), de la persona de que se depende. Si algún documento se expide en la República Dominicana, debe ser certificado por un notario público y legalizado por la Procuraduría General de la República.
  11. Fotocopia legible de anteriores visas dominicanas o tarjeta de residencia (si se trata de renovación).
  12. Carta de solicitud de visa dirigida a la oficina consular por la persona de quien depende el beneficiario, quien deberá identificarse, presentar pruebas de que posee visa de estudiante o de negocios múltiple por un año NMl (en este último caso dicha comunicación deberá ser suscrita por el organismo del cual depende el beneficiario del visado NMl). Asimismo, deberá indicar si la persona a favor de quien se solicita la visa depende de él por lazos familiares o por relación de trabajo.

 

TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de la nacionalidad del solicitante, de las solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

 

PRECIO

El importe asciende a 80,00

 

OBSERVACIONES

  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS.
  2. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento.
  3. Los menores están exentos de presentar el Certificado de Antececentes Penales, pero no del Certificado Médico.
  4. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen.
  5. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía.
  6. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de solicitar cualquier documento adicional y pautar entrevista en los casos que considere necesario para evaluar dicha solicitud.
  7. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado.

 

Documentos relacionados

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Visa de Negocios con Fines Laborales

Visa de Negocios con Fines Laborales

DESCRIPCIÓN

La República Dominicana es un país abierto al mundo. Todas nuestras bellezas naturales, nuestra historia, las opciones de inversión y negocios, así como la calidez de nuestros ciudadanos, invitan a las personas de todos los países a visitarnos y disfrutar de una isla encantadora y llena de oportunidades.

Las visas de negocios con fines laborales se otorgan a aquellas personas que por la naturaleza de su ocupación permanezcan durante un año en el país, sin obligatoriamente tener que salir al exterior. Generalmente se otorgan a personas que cumplan contratos por tiempo determinado en empresas públicas o privadas establecidas en el país, pudiendo ser renovadas por igual período de tiempo, mientras dure la vigencia del contrato en cada caso.

Todos los ciudadanos del mundo que deseen hacer negocios con fines laborales en la República Dominicana pueden solicitar una visa de Negocio con Fines Laborales en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS

Presentarse en la sede del Consulado Dominicano con la siguiente documentación y requisitos:

  1. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios consulares www.consuladord.com para ser llenado en online.
  2. Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco.
  3. Pasaporte original con una vigencia mínima de seis (6) meses.
  4. Certificación del Ministerio de Trabajo, Indicando que la empresa está registrado en el Sistema Integrado de Registro Laborales (SIRLA), además que cumple con lo establecido en el Art. 135 del Código de Trabajo Dominicano (sobre nacionalización del trabajo).
  5. Propuesta de Trabajo, debidamente registrada en el Ministerio de Trabajo de la Rep. Dom.
  6. Certificado Médico presentando un diagnóstico del estado general de salud del solicitante e indicando si el mismo padece de algún tipo de enfermedad infectocontagiosa. Deberá ser expedido por las autoridades de salud correspondientes del último país en el que estuvo domiciliado el interesado. En el caso de que el interesado resida en la República Dominicana, dicho documento deberá ser expedido por laboratorio médico, clínica u hospital registrado por el Ministerio de Salud Pública.
  7. Certificado de No Antecedentes Penales expedido por las autoridades correspondientes del último país en el que estuvo domiciliado el interesado. Si el interesado ha residido en la República Dominicana deberá hacerse expedir dicho documento por la Procuraduría General de la República.
  8. Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad del país de nacionalidad y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia, si reside en un segundo país.
  9. Fotocopia legible de anteriores visas dominicanas o tarjeta de residencia (si se trata de renovación o si se ha viajado anteriormente a la República Dominicana).
  10. Certificación expedida por la Dirección General de Migración, donde conste la última entrada al país del beneficiario, en caso de viajes anteriores a Republica Dominicana.
  11. Carta de solicitud de visa dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores por el solicitante o su representante legal, contentiva de nombre y nacionalidad del beneficiario, lugar de residencia y actividad a la cual se dedicará en el país.

*Por el garante en RD:

  1. Carta de Garantía. Mediante la cual la empresa contratante se responsabiliza  moral y económicamente  del extranjero, así como del  retorno a su país de origen una vez concluido por una de las partes el vinculo laboral, comprometiéndose en caso de que el visado este vigente, a tramitar su cancelación del mismo ante el Ministerio de Relaciones Exteriores,  asumiendo pagar a favor del Estado Dominicano cualquier gasto en que dicha persona pueda incurrir durante su estancia en el país, o que se origine como consecuencia de su repatriación o deportación del mismo, este documento debe presentarse firmado por el funcionario de mayor jerarquía o representante de la empresas,  Notarizada y legalizada en la Procuraduría General de la Republica.
  2. Documentos que demuestran solvencia económica: carta(s) bancarias de su cuenta de ahorros libreta, cuenta corriente o certificados bancarios,  o matrícula de vehículo si los posee.
  3. Entrevista. El garante debe de agotar una entrevista en el Ministerio de Relaciones Exteriores con un funcionario del departamento consular.

*Estos requisitos son para los nacionales extranjeros de: Irán, Irak, Afganistán, Cuba, Hong Kong, República Popular China, India, Pakistán y Colombia, además de otros expresamente instruidos por el Departamento Consular del Ministerio de relaciones Exteriores. (Art. 5.5 de las Normas y Prácticas Consulares).

TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de la nacionalidad del solicitante, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal.

 

PRECIO

El importe asciende a 90,00

 

OBSERVACIONES

  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS.
  2. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento.
  3. Los menores están exentos de presentar el Certificado de Antececentes Penales, pero no del Certificado Médico.
  4. Si la solicitud incluye al cónyuge e hijos para visas de dependencia debe anexarse al expediente acta de matrimonio y acta de nacimiento de los hijos, ambos documentos debidamente legalizados.
  5. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen.
  6. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía.
  7. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de solicitar cualquier documento adicional y pautar entrevista en los casos que considere necesario para evaluar dicha solicitud.
  8. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado.

 

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Visas Diplomáticas, Oficiales y de Cortesía

Visas Diplomáticas, Oficiales y de Cortesía

DESCRIPCIÓN

La República Dominicana es un país abierto al mundo. Todas nuestras bellezas naturales, nuestra historia, las opciones de inversión y negocios, así como la calidez de nuestros ciudadanos, invitan a las personas de todos los países a visitarnos y disfrutar de una isla encantadora y llena de oportunidades.

Las visas diplomáticas se otorgan a miembros y familiares de misiones diplomáticas y consulares, incluyendo a miembros de organismos internacionales; las visas oficiales se otorgan a funcionarios gubernamentales y/o de organismos internacionales y sus familiares poseedores de pasaportes oficiales que viajen al país en forma particular o en gestiones propias de su cargo; y la visa de cortesía se otorgan en pasaportes ordinarios a aquellos funcionarios diplomáticos o gubernamentales y sus familiares que viajen al país con esta clase de pasaportes, en igual sentido se otorgan visas de cortesía a personalidades distinguidas y a sus familiares.

Todas las delegaciones diplomáticas, consulares, organismos internacionales y personalidades pueden dirigirse a las oficinas consulares de la República Dominicana y solicitar una visa de categoría diplomática, oficial o de cortesía.

REQUISITOS

  1. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios consulares www.consuladord.com para ser llenado en online.
  2. Nota Verbal o Diplomática de la Misión Diplomática, Consular u Organismo Internacional, solicitando la visa y debiendo indicar:
    1. Nombre del solicitante,
    2. Nacionalidad,
    3. Número de pasaporte,
    4. Rango diplomático o cargo que desempeña,
    5. Propósito del viaje.
  3. Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco.
  4. Pasaporte original con una vigencia mínima suficiente para la estancia en la República Dominicana.

 

TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 1 y 15 días a partir de la solicitud.

OBSERVACIONES

Ninguna.

 

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Visa de Negocios

Visa de Negocios

DESCRIPCIÓN

La República Dominicana es un país abierto al mundo. Todas nuestras bellezas naturales, nuestra historia, las opciones de inversión y negocios, así como la calidez de nuestros ciudadanos, invitan a las personas de todos los países a visitarnos y disfrutar de una isla encantadora y llena de oportunidades.

Las visas de negocios son expedidas para viajes de negocios, profesionales o con fines comerciales. Se otorga por sesenta (60) días y podrán ser renovadas automáticamente a solicitud del interesado dentro del término de los 60 días de vigencia, sin la autorización expresa de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores. Si la persona necesita viajar al país con mayor frecuencia puede solicitar una visa de negocios con entradas múltiples válida por un año, no pudiendo permanecer en el país más de dos meses consecutivos.

Todos los ciudadanos del mundo que deseen hacer negocios en la República Dominicana pueden solicitar una visa de Negocio en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS

Por el Solicitante en el Extranjero:

    1. Carta de solicitud de visa (sin notarizar), dirigida al cónsul, suscrita por la empresa o institución a la que pertenezca el beneficiario, contentiva de nombre del beneficiario, nacionalidad, lugar de residencia, actividad  a la cual se dedica, medios económicos con los que cuenta y propósito de viaje al país. Este documento deberá ser cursado por la empresa o institución a la que pertenezca el beneficiario en hoja timbrada y sellada.
    2. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios consulares www.consuladord.com para ser llenado en online.
    3. Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco.
    4. Pasaporte original con una vigencia mínima de seis (06) meses.
    5. Certificación Laboral, indicando su fecha de ingreso a la empresa, posición que ocupa en la empresa, salario.
    6. Estatus Migratorio, estos son: fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad del país de nacionalidad y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia, si reside en un segundo país.
    7. Historial de Viajes, fotocopias de visas dominicanas y otros países.
    8. Certificado de No Antecedentes Penales expedido por las autoridades correspondientes del último país en el que estuvo domiciliado el interesado.

 

*Por el garante en RD:

    1. Carta de Garantía, Debidamente Notarizada y legalizada en la Procuraduría General de la República, este documento debe de ser presentado por el solicitante junto a los demás documentos el día de su entrevista en el consulado dominicano, es indispensable que esta carta de garantía contenga la siguiente clausula, para que pueda ser aceptada por nuestra misión diplomática o consular:

CLAUSULA DE GARANTIA

“Garantizo que (nombre, nacionalidad y pasaporte), no permanecerá en la República Dominicana más tiempo que el concedido por la Dirección General de Migración, ni solicitará residencia o cambio de estatus migratorio desde el territorio dominicano, dedicándose exclusivamente a la actividad por la cual le fue otorgado el visado.  “Me hago moral y económicamente responsable al retorno de su país de origen, asumiendo pagar a favor del Estado Dominicano cualquier gasto en que dicha persona pueda incurrir durante su estancia en el país, o que se origine como consecuencia de su repatriación o deportación del mismo”.

  1. Documentos que demuestran solvencia económica: carta(s) bancarias de su cuenta de ahorros libreta, cuenta corriente o certificados bancarios,  o matrícula de vehículo si los posee.
  2. Entrevista. El garante debe de agotar una entrevista en el Ministerio de Relaciones Exteriores con un funcionario del departamento consular.

*Estos requisitos son para los nacionales extranjeros de: Irán, Irak, Afganistán, Cuba, Hong Kong, República Popular China, India, Pakistán y Colombia, además de otros expresamente instruidos por el Departamento Consular del Ministerio de relaciones Exteriores. (Art. 5.5 de las Normas y Prácticas Consulares).

 

TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de la nacionalidad del solicitante, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal.

 

PRECIO

1. Visa de Negocios con múltiple entradas: El importe asciende a 90,00

2. Visa de Negocios con una entrada: El importe asciende a 80,00

 

OBSERVACIONES                    

  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS.
  2. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento.
  3. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen.
  4. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía.
  5. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de solicitar cualquier documento adicional y pautar entrevista en los casos que considere necesario para evaluar dicha solicitud.
  6. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado.

 

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¿Qué necesita un extranjero para contraer matrimonio en la República Dominicana?

¿Qué necesita un extranjero para contraer matrimonio en la República Dominicana?

DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de las OFICIALIAS DEL ESTADO CIVIL ofrecen a todos los ciudadanos de cualquier parte del mundo la posibilidad de contraer matrimonio bajo las leyes de la República Dominicana.

Las Oficialías del Estado Civil de la República Dominicana asisten a cualquier ciudadano del mundo en el proceso de matrimonio, sin importar que el matrimonio se efectúe entre un extranjero y un dominicano o entre dos extranjeros, siempre aplicando las leyes de la República Dominicana.

Todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos de las leyes dominicanas pueden contraer matrimonio en territorio dominicano.

 

REQUISITOS

  1. Elegir una Oficialía del Estado Civil (normalmente existe una por cada Municipio).
  2. Solicitar los requisitos.
  3. Solicitar día de reserva para que el Juez Civil efectúe el matrimonio.
  4. Acta de Nacimiento debidamente apostillada de cada contrayente (si es un documento extranjero debe estar debidamente Apostillada o legalizada, si el país de procedencia del documento no forma parte del acuerdo de la Apostilla de la Haya).
  5. Si alguno es divorciado, debe aportar Acta de Divorcio reciente (si es un documento extranjero debe estar debidamente Apostillada o legalizada, si el país de procedencia del documento no forma parte del acuerdo de la Apostilla de la Haya).
  6. Declaración Jurada de Soltería (fe de vida y estado) debidamente apostillada.
  7. Fotocopia del Pasaporte en Vigor (si es extranjero).
  8. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (si es extranjero).
  9. Cumplir con la edad mínima exigida por las leyes dominicanas.
  10. Presentarse físicamente al Acto de Ceremonia.
  11. Dos (2) testigos con Documento Nacional de Identidad.
  12. Dos (2) padrinos con Documento Nacional de Identidad (mínimo uno).
  13. Pagar las tasas que le aplique la Oficialía del Estado Civil.

Notas:

  1. Si alguno de los contrayentes no tuviera la edad mínima exigida por la ley dominicana, deberán aportar una autorización notariada debidamente apostillada de sus padres o tutores legales para poder casarse.
  2. Si los contrayentes han firmado Acto de Separación de Bienes o de limitación en la distribución de bienes deben informárselo al Juez Civil y presentar el documento debidamente apostillado.
  3. Si no se presenta Acto de Separación de Bienes y no se plantea al Juez Civil nada al respecto, el matrimonio se declarará en Comunidad de Bienes Muebles y Gananciales.
  4. Una vez casado, la Oficialía del Estado Civil le entregará un Certificado de Acta de Matrimonio, que para que tenga efecto en el extranjero se recomienda que sea debidamente apostillada en la Cancillería Dominicana.
  5. Cualquier duda con relación a algún tipo de limitación de algún contrayente, debe plantearse al Juez Civil.

 

OBSERVACIONES

  1. A los dominicanos se le exige publicar un Edicto o Proclama de Matrimonio en la Oficialía del Estado Civil que le corresponda. Consultar con la Oficialía por este requisito.
  2. En la República Dominicana tanbien existe el matrimonio celebrado por la Iglesia. Si le interesa se le recomienda consultar la Oficialía del Estado Civil correspondiente.
  3. El precio exacto del servicio se entrega directamente en la Oficialía del Estado Civil elegida.
  4. Existe la posibilidad de que el Juez Civil se traslade, previo acuerdo, al lugar que le indiquen los ciudadanos contrayentes. Por esta flexibilidad muchos matrimonios pueden celebrarse en establecimientos hoteleros o donde mejor le convenga al ciudadano.
  5. Las leyes de la República Dominicana no prevén el matrimonio de un mismo sexo.
  6. Las Oficialías del Estado Civil son equivalente al Registro Civil en otros países.
  7. En esta sección sólo se mencionan los servicios más frecuentes. Cualquier otro tipo de servicio será abordado atendiendo a la naturaleza de la solicitud.

 

 

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¿Qué necesita un dominicano para contraer matrimonio Civil en el Exterior?

¿Qué necesita un dominicano para contraer matrimonio Civil en el Exterior?

DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios relacionados con OFICIAL DEL ESTADO CIVIL a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

Las oficinas consulares dominicanas asisten a los dominicanos que quieran casarse en territorio extranjero. Para hacerlo toman en cuenta las leyes aplicables, a fin de indicar al ciudadano la diferencia con la República Dominicana y ayudarle en todo los trámites que tengan que ver con el cumplimiento de la Ley de la República Dominicana, así como asesoramiento en todo lo concerniente a la ley del país donde se encuentran.

Todos los dominicanos que cumplan con los requisitos de las leyes dominicanas y del país donde se encuentren pueden casarse en territorio extranjero solicitando documentación y asesoría a las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS

a) Si se casan en la oficina consular de la República Dominicana

  1. Que por lo menos uno de los contrayentes sea dominicano.
  2. Presentarse a la sede consular de la República Dominicana.
  3. Pasaporte dominicano en vigor de los contrayentes (o del que sea dominicano).
  4. Cédula de Identidad y Electoral dominicana de los contrayentes (o del que sea dominicano).
  5. Actas de Nacimiento legalizada de los contrayentes.
  6. Documento de Identidad no dominicano de los contrayentes (si lo tuvieran).
  7. Cumplir con la edad mínima exigida por las leyes dominicanas.
  8. Publicación de Edicto o Proclama de Matrimonio en la Oficina Consular.
  9. Acta de Divorcio legalizada (si alguno es divorciado).
  10. Ambos contrayentes deben hacer una Declaración Jurada de Soltería.
  11. Dos (2) padrinos con documento de identidad.
  12. Dos (2) testigos con documento de identidad.

Notas:

  1. Una vez casado, la oficina consular le entregará un Certificado de Matrimonio.
  2. Si alguno de los contrayentes no tuviera la edad mínima exigida por la ley dominicana, deberán aportar una autorización de sus padres para poder casarse.

b) Si se casan en una Oficialía Civil en un país extranjero

  1. Presentarse a la Oficialía Civil del país donde se encuentran, a fin de recoger los requisitos para el matrimonio.
  2. Ir a la oficina consular de la República Dominicana para hacer las gestiones que se describen a continuación:
    1. Presentar pasaporte dominicano en vigor de los contrayentes.
    2. Llevar el Pasaporte o el Documento Nacional de Identidad del otro contrayente (si no es dominicano).
    3. Publicar un «Edicto o Proclama de Matrimonio» por 16 días naturales.
    4. Hacer una Declaración Jurada de Estado Civil.
    5. Recibir un «Certificado de Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio».
    6. Recibir un «Certificado de Inscripción Consular y Edicto».
    7. Solicitar un «Certificado de Obligatoriedad de Edicto y Capacidad Matrimonial», si así se lo pidieran las autoridades del país donde se celebrará el matrimonio.
  3. Solicitar en la República Dominicana un Acta Certificada de Nacimiento pasada por la Cancillería Dominicana y el Consulado del país donde se casará, y
  4. Si alguno es divorciado en la República Dominicana solicitar un Certificado de Divorcio legalizado por la Cancillería Dominicana y el Consulado del país donde se casará y llevarlo a la oficialía del país donde se casará junto con los demás documento que ésta le solicite.

 

OBSERVACIONES

  1. En esta sección sólo se mencionan los servicios más frecuentes. Cualquier otro tipo de servicio será abordado atendiendo a la naturaleza de la solicitud.
  2. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  3. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.

 

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Certificado de Capacidad Matrimonial

Certificado de Capacidad Matrimonial

DESCRIPCION

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de OFICAL DEL ESTADO CIVIL a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El certificado de Capacidad Matrimonial es el documento oficial donde constan las estipulaciones de las leyes dominicanas respecto a la obligatoriedad de la publicación de edicto y las exigencias mínimas que establece el Código Civil Dominicano para que un hombre o mujer pueda casarse.

Todos los ciudadanos dominicanos tienen derecho a solicitar en las oficinas consulares de la República Dominicana un certificado de de Capacidad Matrimonial.

REQUISITOS

Pasaporte dominicano en vigor.

TIEMPO DE OBTENCION

Entre 10 minutos y 2 horas dependiendo de las urgencias y disponibilidad de personal.

PRECIO

El importe del servicio es de 15,00

OBSERVACIONES

  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la Oficina Consular.
  2. El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la Oficina Consular.
  3. En esta sección sólo se mencionan los servicios más frecuentes. Cualquier otro tipo de servicio será abordado atendiendo a la naturaleza de la solicitud.
  4. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  5. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.

 

 
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Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio

Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio

DESCRIPCION

La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

La Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio es el acto notarial, donde un ciudadano manifiesta bajo Fe de Juramente que al momento de la Declaración es SOLTERO y además informa sobre dónde ha estado residiendo en los últimos dos años.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar DECLARACIONES JURADAS para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le tome la DECLARACION JURADA.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Declaraciones Juradas en las oficinas consulares de la República Dominicana.

 REQUISITOS

  1. Cédula dominicana (si la tiene).
  2. Pasaporte dominicano en vigor (si lo tiene)
  3. Documento de Identidad del DECLARANTE del país donde se encuentra (si tiene).
  4. Información precisa del estado civil y donde ha residido y reside en la actualidad.
  5. Un testigo.

TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

 PRECIO

El importe es de: 45,00

OBSERVACIONES

  1. El servicio de Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio esta restringido a algunos países que por requerimiento de sus leyes, demandan este tramite a los ciudadanos dominicanos. Consultar en la Oficina Consular la utilización o no de este servicio en el país donde se encuentra el ciudadano.
  2. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
  3. El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
  4. En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
  5. Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
  6. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a practicar una Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio si dudan de la veracidad de las informaciones suministradas por el declarante o si la declaración no cuenta con todos los requisitos que exige la constitución de la República Dominicana y las leyes vigentes.

 

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Certificado de Inscripción Consular y Edicto

Certificado de Inscripción Consular y Edicto

DESCRIPCION

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios relacionados con OFICIAL DEL ESTADO CIVIL a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El certificado de Edicto es el documento oficial donde consta que un ciudadano dominicano publicó la intención de contraer matrimonio con otro ciudadano sin que haya habido ninguna objeción durante los 16 días naturales de publicación tal y como prevé la Ley. Adicionalmente se incluye la certificación de inscripción consular de forma tal que satisfaga los requerimientos que hacen las autoridades españolas en el sentido de que se le extienda una certificación de inscripción consular.

Todos los ciudadanos dominicanos tienen derecho a solicitar en las oficinas consulares de la República Dominicana un certificado de Edicto.

 REQUISITOS

  1. Haber publicado el Edicto o proclama de matrimonio.
  2. Que ningún ciudadano haya manifestado oposición a la intención de matrimonio.

 DURACION

Entre 10 minutos y 2 horas dependiendo de las urgencias y disponibilidad de personal.

 PRECIO

El importe del servicio es de 45,00

 OBSERVACIONES

  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la Oficina Consular.
  2. El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la Oficina Consular.
  3. En esta sección sólo se mencionan los servicios más frecuentes. Cualquier otro tipo de servicio será abordado atendiendo a la naturaleza de la solicitud.
  4. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  5. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.

 

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Edicto o Proclama de Matrimonio

Edicto o Proclama de Matrimonio

DESCRIPCION

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios relacionados con OFICIAL DEL ESTADO CIVIL a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El Edicto o Proclama de Matrimonio es el documento oficial donde consta que un ciudadano ha manifestado la intención de casarse con otro ciudadano. Según la Ley, este documento debe ser publicado en el Consulado en dos períodos sucesivos de 8 días naturales cada uno, a fin de que cualquier ciudadano pueda manifestar oposición a dicha intención de matrimonio. Una vez que un dominicano haya publicado un edicto, si luego cambiara de contrayente deberá publicar otro edicto y sólo podrá hacerlo habiendo transcurrido seis meses a partir de la publicación del edicto anterior.

Todos los ciudadanos dominicanos tienen derecho a publicar un Edicto en las oficinas consulares de la República Dominicana.

 REQUISITOS

a) Del que publica el Edicto

  • Ser dominicano.
  • Pasaporte dominicano en vigor.
  • Documento de Identidad y Electoral Dominicano (cédula), si la tuviera.
  • Nombre de los padres y su residencia actual.
  • Dirección actual.

b) Del contrayente

  • Documento de identidad (pasaporte, Tarjeta de Residencia, Documento Nacional de Identidad).
  • Nombre de los padres y su residencia actual.
  • Dirección Actual.

DURACION

Entre 10 minutos y 2 horas dependiendo de la urgencia y la disponibilidad de personal.

PRECIO

Este servicio es gratuito.

OBSERVACIONES

  1. Inmediatamente elaborado el Edicto Consular, es publicado en la sede del Consulado Dominicano con el objetivo de que cualquier tercera persona pueda pronunciar su desacuerdo con la celebración del matrimonio y aporte las pruebas para su suspensión.
  2. En esta sección sólo se mencionan los servicios más frecuentes. Cualquier otro tipo de servicio será abordado atendiendo a la naturaleza de la solicitud.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.

 

Formulario

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