Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio

Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio

DESCRIPCION

La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

La Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio es el acto notarial, donde un ciudadano manifiesta bajo Fe de Juramente que al momento de la Declaración es SOLTERO y además informa sobre dónde ha estado residiendo en los últimos dos años.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar DECLARACIONES JURADAS para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le tome la DECLARACION JURADA.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Declaraciones Juradas en las oficinas consulares de la República Dominicana.

 REQUISITOS

  1. Cédula dominicana (si la tiene).
  2. Pasaporte dominicano en vigor (si lo tiene)
  3. Documento de Identidad del DECLARANTE del país donde se encuentra (si tiene).
  4. Información precisa del estado civil y donde ha residido y reside en la actualidad.
  5. Un testigo.

TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

 PRECIO

El importe es de: 45,00

OBSERVACIONES

  1. El servicio de Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio esta restringido a algunos países que por requerimiento de sus leyes, demandan este tramite a los ciudadanos dominicanos. Consultar en la Oficina Consular la utilización o no de este servicio en el país donde se encuentra el ciudadano.
  2. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
  3. El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
  4. En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
  5. Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
  6. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a practicar una Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio si dudan de la veracidad de las informaciones suministradas por el declarante o si la declaración no cuenta con todos los requisitos que exige la constitución de la República Dominicana y las leyes vigentes.

 

Formulario

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